Apruébase el Convenio a suscribirse entre el Gobierno de la República
Oriental del Uruguay y el Gobierno del Reino de España, referido al
Programa de Conversión de Deuda Externa de nuestra República. (*)
Los proyectos a financiar en el marco del referido Programa podrán ser
ejecutados por organismos y empresas públicas con capacidad técnica y
financiera adecuada.