Apruébase el Acta de Entendimiento a suscribirse entre el Ministerio de
Economía y Finanzas de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio
de Economía del Reino de España, referido al otorgamiento a nuestra
República de una ayuda financiera de E 25.000.000 (veinticinco millones
de euros).(*)
Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas de la República Oriental
del Uruguay a ampliar hasta en E 100.000.000 (cien millones de euros) el
crédito contraído en el marco de la presente Acta de Entendimiento,
debiendo comunicar a la Asamblea General cualquier operación que se
realice en el marco de esta autorización.
El Ministerio de Economía y Finanzas coordinará con el Banco de la
República Oriental del Uruguay la suscripción y ejecución del respectivo
Convenio de Crédito con el instituto de Crédito Oficial del Reino de
España.
El Poder Ejecutivo deberá informar, cada noventa días, a la Asamblea
General sobre la aplicación de los fondos objeto de esta autorización,
dejando expresa constancia de las condiciones en las que los mismos son
ofrecidos a los solicitantes.