APROBACION DEL ACTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE LOS MINISTERIOS DE ECONOMIA DE URUGUAY Y ESPAÑA SOBRE AYUDA FINANCIERA A NUESTRO PAIS.




Promulgación: 11/07/2003
Publicación: 16/07/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 138

Artículo 1

 Apruébase el Acta de Entendimiento a suscribirse entre el Ministerio de 
Economía y Finanzas de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio 
de Economía del Reino de España, referido al otorgamiento a nuestra 
República de una ayuda financiera de E 25.000.000 (veinticinco millones 
de euros).(*) 

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

 Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas de la República Oriental 
del Uruguay a ampliar hasta en E 100.000.000 (cien millones de euros) el 
crédito contraído en el marco de la presente Acta de Entendimiento, 
debiendo comunicar a la Asamblea General cualquier operación que se 
realice en el marco de esta autorización.

Artículo 3

 El Ministerio de Economía y Finanzas coordinará con el Banco de la 
República Oriental del Uruguay la suscripción y ejecución del respectivo 
Convenio de Crédito con el instituto de Crédito Oficial del Reino de 
España.

Artículo 4

 El Poder Ejecutivo deberá informar, cada noventa días, a la Asamblea 
General sobre la aplicación de los fondos objeto de esta autorización, 
dejando expresa constancia de las condiciones en las que los mismos son 
ofrecidos a los solicitantes.


BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY - DIDIER OPERTTI


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