El Directorio de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua podrá delegar atribuciones en sus subordinados por unanimidad de sus miembros, pudiendo avocar por mayoría simple los asuntos que fueran objeto de delegación. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 251.
Ver: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 41 (cambia denominación:
"Comisión Directora" por "Directorio").
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.598 de 13/12/2002 artículo 13.