RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2001




Promulgación: 18/09/2002
Publicación: 19/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 837
Referencias a toda la norma

SECCION V - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL

Artículo 124

 Encomiéndase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas la preparación 
de los proyectos y la ejecución de las obras de los sistemas hidráulicos 
(pluviales y aguas servidas) de:

A)  El área abarcada por Progreso, Las Villas, Las Piedras y La Paz 
    (Canelones) y Abayubá (Montevideo).

B)  Rincón de la Bolsa (San José).

Los proyectos se realizarán en coordinación con la Administración de las 
Obras Sanitarias del Estado y con la Intendencia Municipal de Montevideo, 
en lo pertinente, quienes asumirán, luego de ejecutadas las obras, la 
operación y mantenimiento de las mismas. (*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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