Reglamentada por:
Decreto Nº 111/015 de 21/04/2015,
Decreto Nº 494/006 de 27/11/2006.
Ver: Ley Nº 19.580 de 22/12/2017 artículos 12 (sustituye: "Consejo
Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica" por "Consejo
Nacional Consultivo por una Vida Libre de Violencia de Género hacia las
Mujeres"), 95 (incluye a los varones víctimas, niños y adolescentes) y 97
(se exonera de tributos nacionales y judiciales los procedimientos
administrativos y judiciales aqui previstos).
A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
anterior, el Ministerio de Educación y Cultura, a través del Instituto
Nacional de la Familia y la Mujer, promoverá la formación de peritos en
violencia doméstica, con capacidad de trabajo interdisciplinario, que se
incorporará en la órbita del Instituto Técnico Forense.
La reglamentación correspondiente encomendará al Instituto Nacional de
Familia y la Mujer establecer los requisitos que deberán cumplir los
interesados para acreditar su competencia pericial en el área de la
violencia doméstica regulada por esta ley.