CONTRATACIONES DEL ESTADO - PERSONAS DISCAPACITADAS




Promulgación: 24/05/2002
Publicación: 30/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 854

Artículo 5

 La no aplicación de los artículos precedentes impedirá la prosecución de 
las obras, hasta tanto no se proyecten las previsiones expresadas en el 
artículo 1º de la presente ley.
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