PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

Artículo 94-BIS

 Son competencias de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual las siguientes:
1) Realizar propuestas y asesorar al Poder Ejecutivo en la fijación de
la política nacional de telecomunicaciones y sus instrumentos, tales como
formulación de proyectos de ley y decretos, en lo relacionado con el marco
regulatorio del sector y, en general, en lo concerniente a la
administración de recursos nacionales en materia de telecomunicaciones.
2) Instrumentar, coordinar y monitorear el cumplimiento de las
políticas públicas aprobadas.
3) Diseñar políticas y planificar la gestión del espectro radioeléctrico.
4) Asesorar al Poder Ejecutivo en las políticas y criterios para el
otorgamiento de licencias y autorizaciones de servicios de
telecomunicaciones y comunicación audiovisual.
5) Dictaminar preceptivamente en procedimientos de concesión y
autorización para prestar servicios de comunicación audiovisual y
telecomunicaciones.
6) Asesorar al Poder Ejecutivo en lo concerniente a la administración
de los recursos utilizados para el despliegue de tecnologías de
información y comunicación.
7) Propiciar estudios y análisis y realizar el monitoreo de la
situación del sector a nivel nacional e internacional, en los aspectos que
resulten necesarios para el diseño, ejecución y evaluación de políticas
públicas.
8) Recabar directamente la información necesaria para cumplir sus
cometidos.
9) Desarrollar mecanismos públicos de consulta y participación
tendientes a conocer y eventualmente incorporar las opiniones de los
protagonistas involucrados.
10) Promover acciones tendientes a mejorar el despliegue tecnológico
del sector de las telecomunicaciones y comunicación audiovisual en el
país.
11) Asesorar preceptivamente al Poder Ejecutivo en materia de
acuerdos, convenios y tratados internacionales que incluyan aspectos
relacionados con sus competencias.
12) Representar al Poder Ejecutivo en grupos de trabajo, comisiones y
organismos nacionales e internacionales vinculados a las
telecomunicaciones y comunicación audiovisual.
13) Coordinar con otros órganos de la Administración Pública y con los
actores privados, a fin de lograr el cumplimiento de las políticas
públicas y los objetivos estratégicos para el desarrollo del sector. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 418.
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