Agrégase el artículo 94 bis a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001:
"ARTICULO 94 bis.- Son competencias de la Dirección Nacional de
Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual las
siguientes:
1) Realizar propuestas y asesorar al Poder Ejecutivo en la fijación
de la política nacional de telecomunicaciones y sus
instrumentos, tales como formulación de proyectos de ley y
decretos, en lo relacionado con el marco regulatorio del sector
y, en general, en lo concerniente a la administración de
recursos nacionales en materia de telecomunicaciones.
2) Instrumentar, coordinar y monitorear el cumplimiento de las
políticas públicas aprobadas.
3) Diseñar políticas y planificar la gestión del espectro
radioeléctrico.
4) Asesorar al Poder Ejecutivo en las políticas y criterios para el
otorgamiento de licencias y autorizaciones de servicios de
telecomunicaciones y comunicación audiovisual.
5) Dictaminar preceptivamente en procedimientos de concesión y
autorización para prestar servicios de comunicación audiovisual y
telecomunicaciones.
6) Asesorar al Poder Ejecutivo en lo concerniente a la
administración de los recursos utilizados para el despliegue de
tecnologías de información y comunicación.
7) Propiciar estudios y análisis y realizar el monitoreo de la
situación del sector a nivel nacional e internacional, en los
aspectos que resulten necesarios para el diseño, ejecución y
evaluación de políticas públicas.
8) Recabar directamente la información necesaria para cumplir sus
cometidos.
9) Desarrollar mecanismos públicos de consulta y participación
tendientes a conocer y eventualmente incorporar las opiniones de
los protagonistas involucrados.
10) Promover acciones tendientes a mejorar el despliegue tecnológico
del sector de las telecomunicaciones y comunicación audiovisual
en el país.
11) Asesorar preceptivamente al Poder Ejecutivo en materia de
acuerdos, convenios y tratados internacionales que incluyan a
aspectos relacionados con sus competencias.
12) Representar al Poder Ejecutivo en grupos de trabajo, comisiones y
organismos nacionales e internacionales vinculados a las
telecomunicaciones y comunicación audiovisual.
13) Coordinar con otros órganos de la Administración Pública y con
los actores privados, a fin de lograr el cumplimiento de las
políticas públicas y los objetivos estratégicos para el
desarrollo del sector".