REGULACION DE LA PRODUCCION ELABORACION Y COMERCIALIZACION DE LA SIDRA




Promulgación: 31/01/2001
Publicación: 07/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 235
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento preceptivo del Instituto 
Nacional de Vitivinicultura y de la Junta Nacional de la Granja, regulará 
todo lo atinente a las formas y condiciones de producción, elaboración, 
rendimientos, envasado, etiquetado, circulación, destilación, 
comercialización, importación y exportación de la sidra. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
Referencias al artículo
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