El incumplimiento del proveedor, de cualquier obligación a su cargo,
salvo que mediare causa extraña no imputable, faculta al consumidor, a su
libre elección, a:
A) Exigir el cumplimiento forzado de la obligación siempre que ello fuera
posible.
B) Aceptar otro producto o servicio o la reparación por equivalente.
C) Resolver el contrato con derecho a la restitución de lo pagado,
monetariamente actualizado o rescindir el mismo, según corresponda.
En cualquiera de las opciones el consumidor tendrá derecho al
resarcimiento de los daños y perjuicios compensatorios o moratorios,
según corresponda. (*)