PROPIEDAD INDUSTRIAL - LEY DE PATENTES




Promulgación: 02/09/1999
Publicación: 20/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 551
Reglamentada por: Decreto Nº 11/000 de 13/01/2000.
Ver en esta norma, artículo: 128.
Referencias a toda la norma

TITULO IV - PATENTES DE DISEÑOS INDUSTRIALES
CAPITULO II - PROCEDIMIENTO

Artículo 97

 El plazo de vigencia de la patente de diseño industrial será de diez
años, contado a partir de la presentación de la solicitud.

El diseño industrial patentado podrá ser prorrogado una sola vez por el
término de cinco años. La solicitud de prórroga deberá ser presentada
dentro de los ciento ochenta días anteriores al vencimiento o luego del
mismo dentro de igual plazo, mediante el pago de los correspondientes
recargos. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 98.
Referencias al artículo
Ayuda