TITULO II - PATENTES DE INVENCION CAPITULO IV - DERECHOS CONFERIDOS POR LAS PATENTES SUS EXCEPCIONES, LIMITES Y EXTINCION SECCION IV - NULIDAD, CADUCIDAD Y RENUNCIA
Artículo 48
Las patentes válidamente concedidas caducarán:
A) Por haber expirado el plazo por el cual fue acordada.
B) Por falta de pago de las anualidades en la forma y dentro de los plazos
previstos en la presente ley. (*)