PROPIEDAD INDUSTRIAL - LEY DE PATENTES




Promulgación: 02/09/1999
Publicación: 20/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 551
Reglamentada por: Decreto Nº 11/000 de 13/01/2000.
Ver en esta norma, artículo: 128.
Referencias a toda la norma

TITULO I - DISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 4

 El Estado no garantiza ni el mérito ni la novedad de las invenciones que
se patenten de acuerdo con la presente ley, ni se responsabiliza de la
calidad de inventor del beneficiario. (*)
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