TITULO II - PATENTES DE INVENCION CAPITULO III - REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESION DE PATENTES
Artículo 26
Cumplidas las formalidades y los trámites exigidos, la solicitud de
patente deberá ser publicada en el Boletín de la Propiedad Industrial
transcurridos dieciocho meses contados a partir del día siguiente al de
su presentación o del día siguiente al de la fecha de prioridad, en su
caso.
La publicación podrá anticiparse a requerimiento del solicitante. (*)