PROPIEDAD INDUSTRIAL - LEY DE PATENTES




Promulgación: 02/09/1999
Publicación: 20/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 551
Reglamentada por: Decreto Nº 11/000 de 13/01/2000.
Ver en esta norma, artículo: 128.
Referencias a toda la norma

TITULO II - PATENTES DE INVENCION
CAPITULO III - REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESION DE PATENTES

Artículo 25

 En caso de solicitudes relativas a microorganismos, el depósito del
material biológico necesario para la descripción de su objeto se
realizará en las instituciones autorizadas por la Dirección Nacional de
la Propiedad Industrial del Ministerio de Industria, Energía y Minería,
hasta la ratificación de convenios internacionales referidos a la
materia. (*)
Referencias al artículo
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