TITULO II - PATENTES DE INVENCION CAPITULO II - DERECHO A LA PATENTE SECCION II - INVENCIONES REALIZADAS DURANTE UNA RELACION DE TRABAJO
Artículo 17
Cuando una invención hubiere sido realizada en cumplimiento de un
contrato de trabajo, obra o servicio, cuyo objeto total o parcial sea la
actividad de investigación, el derecho a la patente emergente de la misma
pertenecerá al empleador, salvo disposición en contrario.
En los casos en que el aporte personal del trabajador a la invención y la
importancia de la misma para la empresa excedan de manera evidente el
contenido explícito o implícito del contrato o de la relación de trabajo,
el trabajador tendrá derecho a una remuneración suplementaria. (*)