PROPIEDAD INDUSTRIAL - LEY DE PATENTES




Promulgación: 02/09/1999
Publicación: 20/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 551
Reglamentada por: Decreto Nº 11/000 de 13/01/2000.
Ver en esta norma, artículo: 128.
Referencias a toda la norma

TITULO II - PATENTES DE INVENCION
CAPITULO I - PATENTABILIDAD

Artículo 14

 No son patentables:

A) Los métodos de diagnóstico, terapéuticos y quirúrgicos para el
   tratamiento de personas o animales.

B) Las invenciones contrarias al orden público, las buenas costumbres, la
   salud pública, la nutrición de la población, la seguridad o el medio
   ambiente. (*)
Referencias al artículo
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