TITULO V - ACCIONES Y SANCIONES POR LA INFRACCION DE PATENTES CAPITULO I - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y CIVILES
Artículo 101
En los juicios civiles, cuando el objeto de una patente sea un
procedimiento para obtener un producto, las autoridades judiciales
estarán facultadas para ordenar al demandado que pruebe que el
procedimiento para obtener un producto es diferente al procedimiento
patentado, siempre que dicho producto sea nuevo. (*)