Reglamentada por: Decreto Nº 11/000 de 13/01/2000. Ver en esta norma, artículo: 128.
TITULO II - PATENTES DE INVENCION
CAPITULO I - PATENTABILIDAD
No afectará la novedad la divulgación de la invención realizada dentro del año que precede a la fecha de la presentación de la solicitud o de la prioridad que se invoque, siempre que aquella derive, directa o indirectamente, de actos realizados por el inventor, sus causahabientes o terceros con base en informaciones obtenidas directa o indirectamente de aquél. (*)Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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