El Poder Ejecutivo, a través de la delegación nacional a la Comisión
Administradora del Puente Buenos Aires-Colonia, prevista en el artículo
25 del Tratado para la construcción de un puente sobre el Río de la
Plata, deberá realizar un estricto seguimiento del proceso licitatorio y
adoptar a nivel nacional las medidas complementarias necesarias para
optimizar los efectos positivos de la obra y mitigar eventuales impactos
negativos.