COMISION ADMINISTRATIVA DEL PODER LEGISLATIVO




Promulgación: 23/04/1997
Publicación: 30/04/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 909

Artículo 5

   La Comisión Administrativa formulará y aprobará el proyecto de
presupuesto necesario para el cumplimiento de sus cometidos y lo remitirá
en su oportunidad al Senado de la República, para que éste lo incluya en
su presupuesto y lo sancione de acuerdo al artículo 108 de la
Constitución.
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