PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION VII - RECURSOS
IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA

Artículo 691

     Toda disminución que se opere por aplicación del artículo 14 de la
Ley Nº 16.697, de 25 de abril de 1995, no deberá suponer rebaja en el
monto de las retribuciones salariales o sociales de todo aquel funcionario
que sea afectado por la aplicación de la citada disposición legal por
parte del Poder Ejecutivo.
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