PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 27 - INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR

Artículo 597

   Increméntanse los créditos presupuestales correspondientes al Rubro 0
"Retribuciones de Servicios Personales" y al Rubro 1 "Cargas Sociales
sobre Servicios Personales" del Instituto Nacional del Menor en $
15:580.000 (pesos quince millones quinientos ochenta mil).

   El Instituto Nacional del Menor reglamentará la aplicación de este
incremento comunicándolo a la Contaduría General de la Nación y dando
cuenta a la Asamblea General.
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