SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 18 - CORTE ELECTORAL
Asígnase una partida de $ 1:500.000 (pesos un millón quinientos mil) para el Ejercicio 1996 y otra de $ 1:500.000 (pesos un millón quinientos mil) para el Ejercicio 1997, a fin de atender los gastos de funcionamiento e inversiones necesarios para incorporar al Sistema de Computación la información existente en el Registro Patronímico y para unir mediante sistemas informáticos a las Oficinas Electorales Departamentales con la Oficina Nacional Electoral. El saldo no utilizado del Ejercicio 1996 acrecentará la partida del Ejercicio siguiente. Con cargo a estas partidas se podrán contratar los técnicos en informática necesarios para implementar y ejecutar los programas referidos.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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