SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 18 - CORTE ELECTORAL
Artículo 532
Autorízase a la Corte Electoral a incrementar en 2 grados los cargos
presupuestales y los contratos de función pública de todos los escalafones
del Inciso, sin que ello implique alterar denominaciones ni beneficios en
razón de los que ocupen a la fecha.
Lo establecido en el inciso anterior será financiado con el excedente de
la partida asignada en los planillados adjuntos al Renglón 0.8.3.307.
La Contaduría General de la Nación realizará las trasposiciones
correspondientes.