PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 18 - CORTE ELECTORAL

Artículo 530

  Incorpóranse los siguientes cargos, en los porcentajes que se indican,
a la nómina de cargos que perciben la retribución adicional creada por el
artículo 163 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994:


 Escalafón   Grado           Cargo                                  %

    III        15   1 Jefe de Sección dactilóscopo                  40
    III        14   1 Sub-Jefe de Sección dactilóscopo              30
     IV        14   2 Inspector                                     30

     Auméntase al 40% (cuarenta por ciento) el porcentaje de la
retribución adicional establecida por el artículo 163 de la Ley
Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, para los cargos de Jefe de Sección
OED II, Jefe de Sección OED III, Secretario de OED II y Secretario de
OED III.
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