SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 17 - TRIBUNAL DE CUENTAS
Artículo 518
Autorízase al Tribunal de Cuentas a gestionar una partida por una sola
vez a efectos de solventar los gastos que demande la planificación, la
preparación, la realización y la difusión de los resultados de la Reunión
del Consejo Directivo de la Organización Internacional de Entidades
Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) a efectuarse en nuestro país en el año
1997.