PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 5

   En todos los Incisos del Presupuesto Nacional, en los casos en que haya
más de una Unidad Ejecutora en cumplimiento de un mismo programa, dentro
de los ciento ochenta días de la entrada en vigencia de la presente ley,
la Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales
por Unidad Ejecutora dentro de cada Programa.
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