PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 6 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 232

   Sólo se encontrarán comprendidos en lo dispuesto por el artículo 45 del
decreto-ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el
artículo 49 del decreto-ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, y el
artículo 280 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, los funcionarios
que tengan un mínimo de cinco años de antigüedad en calidad de
presupuestados o contratados en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
 El Poder Ejecutivo dispondrá de un plazo de noventa días para reglamentar
las normas a las que hace referencia el artículo anterior.
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