PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 3 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 105

   Créase, en el Cuerpo de Servicios del Programa 002, "Ejército
Nacional", el Escalafón de Apoyo, el que se integrará con el actual
Escalafón de Intendencia, al que se le incorporarán progresivamente los
cargos que queden vacantes del Escalafón de Educación Física establecidos
en el artículo 142 del decreto-ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984 y
los que se originan en aplicación del artículo 69, de la Ley Nº 15.903, de
10 de noviembre de 1987. El Personal Superior que actualmente integra el
Escalafón de Educación Física, mantendrá su situación jurídica de acuerdo
con el régimen vigente, hasta su pase a situación de retiro o baja y
ascenderá si reúne las condiciones requeridas, para lo cual se mantendrán
las vacantes que sean necesarias.

   El Poder Ejecutivo reglamentará las condiciones de ingreso al Escalafón
de Apoyo.
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