ADMINISTRACION DE JUSTICIA - MENORES ABANDONADOS




Promulgación: 21/12/1994
Publicación: 03/01/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1753

Artículo 2

   En los casos actualmente en trámite proseguirán entendiendo los Jueces
Letrados de Familia hasta dictar la resolución que corresponda a los
mismos. Una vez terminados dichos trámites serán enviados al Juez Letrado
de Menores que corresponda.
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