INTERMEDIACION FINANCIERA




Promulgación: 21/08/1994
Publicación: 02/09/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 454

Artículo 10

  El Consejo Honorario reglamentará la elección de los representantes que
corresponden a las empresas e instituciones privadas en el Organo
Administrador del Instituto, estableciendo un procedimiento que pondere en
forma equilibrada el patrimonio y la cantidad total de personal afiliado.
  Con sesenta días de anticipación a cada acto eleccionario el Consejo
Honorario determinará el número de votos que corresponda a cada empresa o
institución afiliada.
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