Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de
la II Serie Iberoamericana de monedas conmemorativas "Encuentro de dos
mundos", dedicada a "Animales autóctonos en peligro de extinción", hasta
las cantidades y con las características que se determinan en los
artículos siguientes, facultándose a prescindir del requisito de
licitación pública y proceder a la contratación directa con casas
acuñadoras oficiales.