DEUDA PUBLICA




Promulgación: 15/05/1994
Publicación: 08/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 575
Referencias a toda la norma

Artículo 2

    Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir y mantener un circulante total
en Letras de Tesorería de hasta la suma de U$S 1.100:000.000 (mil cien
millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su valor
equivalente en otras monedas, excluyendo de dicho tope las Letras de
Tesorería en moneda nacional que sean emitidas por la Tesorería General de
la Nación para cancelar pasivos con el Banco Central del Uruguay
existentes a la fecha.
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