RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 99

   Decláranse comprendidas en el cometido de la policía marítima de la 
unidad ejecutora 018 "Comando General de la Armada" del programa 003 "Armada Nacional", las operaciones respectivas en las aguas e islas de 
los embalses de las Represas Gabriel Terra, Baygorria y Constitución, 
respetando los límites establecidos por los planos parcelarios generales 
de las zonas de los embalses para las usinas hidroeléctricas determinados 
por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) 
y delimitados por los mojones correspondientes. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.038 de 20/10/2006 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.320 de 01/11/1992 artículo 99.
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