RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION III - ORDENAMIENTO FINANCIERO
CAPITULO II - INVERSIONES

Artículo 67

 Autorízase al Poder Ejecutivo a contratar préstamos con el Gobierno del
Reino de España, hasta la suma de N$ 124.450:000.000 (nuevos pesos
ciento veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta millones), equivalente a
U$S 50:000.000 (dólares de los Estados Unidos de América cincuenta
millones), y a destinarlos al Inciso 12 - Ministerio de Salud Pública,
para financiar el equipamiento técnico - asistencial e instrumental
(tecnología, equipos de radiología, vehículos utilitarios y equipamiento
en general) de sus dependencias.
Referencias al artículo
Ayuda