SECCION III - ORDENAMIENTO FINANCIERO CAPITULO II - INVERSIONES
Artículo 60
Modifícase en el Ministerio de Educación y Cultura el programa 004
"Fomento de Actividad Científico - Técnica", unidad ejecutora 012 "Consejo
Nacional Investigaciones Científicas y Técnicas", proyecto 810 "Desarrollo
Científico y Técnico", contenido en el planillado anexo a la ley 16.226,
de 29 de octubre de 1991, de acuerdo con el detalle siguiente:
Disminúyese la asignación presupuestal financiada con endeudamiento
externo del año 1992 en N$ 12.870:619.000 (nuevos pesos doce mil
ochocientos setenta millones seiscientos diecinueve mil), equivalente a
U$S 5:201.000 (dólares de los Estados Unidos de América cinco millones
doscientos un mil).
Increméntase la asignación presupuestal financiada con endeudamiento
externo en N$ 74:670.000 (nuevos pesos setenta y cuatro millones
seiscientos setenta mil), equivalente a U$S 30.000 (dólares de los Estados
Unidos de América treinta mil), para 1993 y en N$ 12.876:619.000 (nuevos
pesos doce mil ochocientos setenta y seis millones seiscientos diecinueve
mil), equivalente a U$S 5:171.000 (dólares de los Estados Unidos de
América cinco millones ciento setenta y un mil) para 1994.
Increméntase la asignación presupuestal financiada con Rentas Generales en
N$ 1.214:632.000 (nuevos pesos un mil doscientos catorce millones
seiscientos treinta y dos mil), equivalente a U$S 488.000 (dólares de los
Estados Unidos de América cuatrocientos ochenta y ocho mil), para 1992; en
N$ 263:834.000 (nuevos pesos doscientos sesenta y tres millones
ochocientos treinta y cuatro mil), equivalente a U$S 106.000 (dólares de
los Estados Unidos de América Ciento seis mil, para 1993 y N$
2.202:765.000 (nuevos pesos dos mil doscientos dos millones setecientos
sesenta y cinco mil), equivalente a U$S 885.000 (dólares de los Estados
Unidos de América ochocientos ochenta y cinco mil), para 1994.