SECCION VIII - DISPOSICIONES VARIAS
De acuerdo a lo dispuesto por la Constitución en el artículo 211 (inciso B), la Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa, podrá proponer al Tribunal de Cuentas que delegue la intervención previa de los gastos y pagos en Contadores de la Institución, quienes actuarán como Contadores Delegados (titular y suplente) del Tribunal de Cuentas. Dicha facultad regirá a partir de la aprobación de la presente ley.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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