RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION VIII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 497

    Los empleados de la Administración Nacional de los Servicios de
Estiba, presupuestados o contratados, que se encontraran prestando
funciones en comisión en otro organismo público podrán optar por su
incorporación a éste, en los mismos términos y condiciones establecidos en
el artículo 32 de la ley 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en el plazo
de sesenta días a partir de la fecha de publicación de la presente ley.
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