RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION VI
INCISO 24 - DIVERSOS CREDITOS

Artículo 474

    Autorízase al Poder Ejecutivo, a propuesta de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y previo informe fundado de la Comisión Técnica
creada por el decreto 418/991, de 14 de agosto de 1991, a determinar los
montos de las indemnizaciones, en su caso conforme a los artículos 115 y
126 del Código de Aguas, correspondiente a los inmuebles afectados por las
obras del Plan de Regulación Hídrica de los bañados de Rocha en base a lo
dispuesto por el artículo 156 de dicho Código.

   Las erogaciones correspondientes serán atendidas con los recursos
provenientes de la contribución de mejoras, conforme a lo dispuesto por el
artículo 448 de la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987 y a lo dispuesto
por el decreto ley 14.912, de 3 de agosto de 1979.
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