RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 28 - BANCO DE PREVISION SOCIAL

Artículo 441

  Declárase que la Asociación General de Autores del Uruguay (AGADU) está
comprendida en la exoneración de impuestos nacionales y departamentales
dispuesta en el artículo 69 de la Constitución de la República, así como
en la exención de todo tributo, aporte y contribución establecidos por el
artículo 134 de la ley 12.802, de 30 de noviembre de 1960.
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