RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION III - ORDENAMIENTO FINANCIERO
CAPITULO I - FUNCIONAMIENTO

Artículo 44

 Facúltase a los jerarcas de los Incisos 02 el 14 del Presupuesto
Nacional, a transferir en forma definitiva al resto del rubro 2
"Materiales y Suministros", los créditos asignados para efectuar compras a
la ex-Industria Lobera y Pesquera del Estado.

A tales efectos se comunicarán a la Contaduría General de la Nación las
resoluciones fundadas que dispongan tales transferencias, dentro del
término de noventa días contados a partir de la promulgación de la
presente ley.
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