SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 25 - ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA
Artículo 421
Facúltase al Poder Ejecutivo a declarar la remisión del crédito fiscal
emergente del Impuesto de Enseñanza Primaria correspondiente a los
Ejercicios 1988 y 1989.