RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4

   Toda vez que el Poder Ejecutivo dispusiera de los recursos a que
refiere el artículo precedente, dará cuenta circunstanciada a la Asamblea
General.
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