SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 14 - MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 353
La veda absoluta de caza y captura de todas las especies vivas, así
como de la destrucción por cualquier procedimiento de su flora, en
especial el palmeral y el monte indígena, regirá en todo tiempo respecto a
las áreas de reserva.