RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 343

  Los trabajadores a domicilio (Ley 9.910, de 5 de enero de 1940 y
modificativas) gozarán de los seguros sociales por enfermedad siempre que
registren un ingreso anual equivalente a quince salarios mínimos
nacionales y que sus empleadores se encuentren al día en el pago de sus
obligaciones al sistema de seguridad social.
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