SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 287
Declárase que las penas del Código Penal sustituidas por el artículo
216 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, son exclusivamente
las penas de multa establecidas en los artículos mencionados en dicha
disposición.