SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 280
El Ministerio de Educación y Cultura, a propuesta de la Dirección
General de Registros, podrá crear hasta ocho cargos de Especialista IV
Digitación, escalafón D, grado 6, en los que serán designados funcionarios
de la referida Dirección, actualmente afectados a la tarea de digitadores,
suprimiéndose los cargos y funciones contratados que ocupaban los
mismos así como el número de vacantes disponibles en el último grado del
escalafón C, que compense el aumento de crédito generado.