SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 10 - MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Artículo 244
Increméntase en N$ 1.950:000.000 (nuevos pesos un mil novecientos
cincuenta millones), el crédito previsto por el artículo 366 de la Ley Nº
15.809, de 8 de abril de 1986, para financiar gastos de traslado de
docentes. Dicho aumento será financiado por el Fondo de Inversiones del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.