RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 194

  Fusiónase todas las unidades ejecutoras del programa 001 "Administración
Superior" así como la unidad ejecutora 005 "Dirección de Investigaciones
Económicas Agropecuarias" del programa 002 "Contralor y Estudios
Agropecuarios", en la unidad ejecutora 001 "Dirección General" del
programa 001.

   La asignación de bienes, ingresos presupuestales y extrapresupuestales
que las disposiciones vigentes prevén respecto de las reparticiones que se
fusionan, se reputarán hechas a la unidad ejecutora 001 citada.

   Las mencionadas reparticiones mantendrán la asignación de cometidos y
atribuciones desconcentradas previstas en las disposiciones vigentes.
Referencias al artículo
Ayuda