SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 194
Fusiónase todas las unidades ejecutoras del programa 001 "Administración
Superior" así como la unidad ejecutora 005 "Dirección de Investigaciones
Económicas Agropecuarias" del programa 002 "Contralor y Estudios
Agropecuarios", en la unidad ejecutora 001 "Dirección General" del
programa 001.
La asignación de bienes, ingresos presupuestales y extrapresupuestales
que las disposiciones vigentes prevén respecto de las reparticiones que se
fusionan, se reputarán hechas a la unidad ejecutora 001 citada.
Las mencionadas reparticiones mantendrán la asignación de cometidos y
atribuciones desconcentradas previstas en las disposiciones vigentes.